1.- ES INFORMACIÓN FUNDAMENTAL, OBLIGATORIA PARA TODOS LOS SUJETOS OBLIGADOS, AL SIGUIENTE.
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Para la Audiencia en General: Se hace de su atento conocimiento que, este Gobierno Municipal de San Cristóbal de la Barranca, no ha llevado a cabo algún tipo de Contrato, Convenio o Instrumento legal, mediante el cual se regulen las relación laborales, entre este Ayuntamiento y los Empleados Públicos, lo anterior es así, en virtud a que éstas, son previstas con base en las disposiciones que para tales efectos se determinan dentro de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios y el Reglamento Interno del Ayuntamiento de San Cristóbal de la Barranca; de ahí que, lo no previsto en éstas, las relaciones labores, se atenderán y dispondrán de manera supletoria, conforme a la Ley Federal del Trabajo y demás instrumentos jurídicos en materia del trabajo al servicio del Estado; siendo la Ley General de Responsabilidades Administrativas, La Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas, así como la ley de Incompatibilidades para los Servidores Públicos, ambas vigentes en el Estado de Jalisco, las que sancionaran el mal actuar de los servidores públicos de este Ayuntamiento, razón por la cual, con base en lo que antecede y acorde al artículo 86bis.1 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, los contratos y convenios no han sido generados. Del mismo modo, referimos que, este gobierno municipal, no cuenta con Sindicato de empleados públicos, por ello, no se conceden recursos publicos en especie, o económicos, en favor de éstos.