1. Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados:

I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:

a) La Ley General, la presente Ley y su Reglamento.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Ley-de-Transparencia-y-Acceso-a-la-Informaci%C3%B3n-P%C3%BAblica-del-Estado-de-Jalisco-y-sus-Municipios.doc

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Reglamento-de-la-Ley-de-Transparencia-y-Acceso-a-la-Informaci%C3%B3n-P%C3%BAblica-del-Estado-de-Jalisco-y-sus-Municipios-1.doc

b) El Reglamento Interno para el manejo de la información pública del Sujeto Obligado.

d) Los lineamientos estatales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/lineamientos_generales_publicacion_actualizacion_informacion_fundamental_emitido_instituto-1.pdf

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Reforma-a-los-Lineamientos-de-Publicaci%C3%B3n-y-Actualizaci%C3%B3n-de-Informaci%C3%B3n-Fundamental-1.pdf

c) Los lineamientos estatales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/lineamientos_general_clasificacion_informacion_publica_instituto-1-1.pdf

e) Los lineamientos estatales de protección de información confidencial y reservada, emitidos por el Instituto.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/lineamientos_generales_proteccion_informacion_confidencial_reservada.pdf

f) Los lineamientos generales que emita el Sistema Nacional.

0LTGAnexo1_

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Anexo1_articulo_70.docx

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Anexo2_articulo_71.docx

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Anexo7_articulo_74_f3.docx

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Anexo13_articulo_80.docx

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/Anexo14_articulo_81.docx

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/lineamientos_general_clasificacion_informacion_publica_instituto-2.pdf

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/lineamientos_generales_publicacion_actualizacion_informacion_fundamental_emitido_instituto-2.pdf

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/03/lineamientos_generales_proteccion_informacion_confidencial_reservada-1.pdf

g) Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia.

h) Dirección Electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información.

sancristobaldelabarranca@difjalisco.gob.mx

calle hidalgo #67 col. centro san Cristóbal de la Barranca, Jalisco.

i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica y correo electrónico oficiales del sujeto obligado.

DOM: HIDALGO # 67 COL. CENTRO , SAN CRISTOBAL DE LA BARRANCA, JAL.

TEL: 3737329030

DIRECCION ELECTRONICA: dif_sancristobal2018-2021@outlook.com

j) El directorio de todos los servidores públicos del sujeto obligado, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menos nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2019/06/ORGANIGRAMA-DIF-MUNICIPAL-SAN-CRISTÓBAL-DE-LA-BARRANCA.docx

k) El nombre del encargado y de los integrantes, teléfono, fax, y correo electrónico del Comité de Transparencia.

PRESIDENTA: KARINA GUZMÁN CARDONA

TESORERO: FERNANDO OSCAR HERNANDEZ ESCOTO

SECRETARIO: SANDRA MIREYA CASTRO RAMIREZ

TEL: 3737329030

CORREO ELECTRÓNICO: dif_sancristobal2018_2021@outlook.com

l) El nombre del encargado, teléfono, fax, y correo electrónico de la Unidad.

SANDRA MIREYA CASTRO RAMIREZ

TEL: 3737329030

CORREO ELECTRONICO: dif_sancristobal2018-2021@outlook.com

m) El manual y formato de solicitud de información pública.

n) Los índice de los expedientes clasificados como reservados por área responsable de la información y el tema; y

ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes; así como la estadística de visitas a su sistema de consulta electrónica;

LA ESTADÍSTICA DE LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA ATENDIDAS, PRECISANDO LAS PROCEDENTES, PARCIALMENTE PROCEDENTES E IMPROCEDENTES; ASÍ COMO LA ESTADÍSTICA DE VISITAS A SU SISTEMA DE CONSULTA ELECTRÓNICA

  • Remitir al Localizador Uniforme de Recursos (URL)

https://www.itei.org.mx/reportes/menu_principal/inicio

II. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal.

LAS DISPOSICIONES DE LAS CONSTITUCIONES POLÍTICAS FEDERAL Y ESTATAL

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_080520.pdf

https://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/busquedasleyes/Listado.cfm#Leyes

b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México.

Sistema DIF Municipal

  • Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belém do Pára
  1. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

c) Las leyes federales y estatales.

LAS LEYES FEDERALES Y ESTATALES

Sistema DIF Municipal

  • Ley General de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

d) Los reglamentos federales, estatales y municipales.

LOS REGLAMENTOS FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES

Sistema DIF Municipal

  • Reglamentos del Sistema DIF Municipal
  • Reglamento de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
  • Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco.
  • Reglamento de la Ley General de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
  • Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
  • Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

e) Los decretos, acuerdos, criterios, políticas, reglas de operación y demás normas jurídicas generales.

III. La información sobre la planeación del desarrollo aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado.

https://transparencia.tlaquepaque.gob.mx/wp-content/uploads/2016/01/PLAN-NACIONAL-DE-DESARROLLO-2019-2024-1.pdf

b) Los apartados de los programas federales.

Sistema DIF municipal de San Cristóbal de la Barranca

Responsable de su ejecución: Sandra Mireya Castro Ramírez

Director del Sistema DIF Municipal de San Cristóbal de la Barranca

Domicilio: cale hidalgo #67 colonia Centro, San Cristóbal de la Barranca Jalisco.

Email: sancristobaldelabarranca@difjalisco.gob.mx

Teléfono de contacto: 3737329030

NOTA: Los programas que se advierten dentro del Catálogo que a continuación se anuncia, se encuentran sujetos a la programación, aprobación y disposición presupuestal, del área de gobierno federal competente, para mayor información, respecto a dichos programas, favor de comunicarse al número telefónico que antecede, de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.

  • Objetivos y apartados correspondientes a los programas federales, los puede consultar dentro del siguiente Catálogo
  • DE PROGRAMAS FEDERALES PARA MUNICIPIOS 2019

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/471358/Catalogo_Programas__Federales_2019_24jun_web.pdf

c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo.

Sistema DIF municipal de San Cristóbal de la Barranca

Responsable de su ejecución: Sandra Mireya Castro Ramírez

Directora del Sistema DIF Municipal de San Cristóbal de la Barranca

Domicilio: calle hidalgo #67 colonia centro san Cristóbal de la barranca, Jalisco..

Email: sancristobaldelabarranca@difjalisco.gob.mx

Teléfono de contacto: 3737329030

  • Objetivos y apartados correspondientes al Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo aplicables al Sistema DIF Municipal de San Cristóbal de la Barranca, relativo al Eje Especial 6.2, relacionado al Desarrollo Integral de Niñas, los Niños y Adolescentes, páginas 83-86. 
  • Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo de Jalisco 2018-2024 – Visión 2030

https://stps.jalisco.gob.mx/sites/stps.jalisco.gob.mx/files/plan-estatal-de-gobernanza-y-desarrollo-de-jalisco_v2_1.pdf

d) Los programas estatales.

e) Los programas regionales.

f) Las evaluaciones o encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; y

g) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores.

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años.

b) Los programas operativos anuales de cuando menos los últimos tres años.

c) Los manuales de organización.

d) Los manuales de operación.

e) Los manuales de procedimientos.

f) Los manuales de servicios.

g) Los protocolos.

h) Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y

i) Los demás instrumentos normativos internos aplicables.

V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:

a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos del Estado  así como los conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años.

·         Presupuesto de egreso de la Federación 2020
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2020_111219.pdf

 

·         Clasificado por Objeto de Gasto

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/344041/Clasificador_por_Objeto_del_Gasto_para_la_Administracion_Publica_Federal.pdf

 

·         Presupuesto de egresos de la Federación 2019

https://www.ppef.hacienda.gob.mx/work/models/PPEF2019/paquete/egresos/Proyecto_Decreto.pdf

 

·         Clasificador por Objeto de Gasto

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/344041/Clasificador_por_Objeto_del_Gasto_para_la_Administracion_Publica_Federal.pdf

 

·         Presupuesto de egresos de la Federación 2018
https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupuesto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2018.pdf

 

·         Clasificador por Objeto de Gasto

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/344041/Clasificador_por_Objeto_del_Gasto_para_la_Administracion_Publica_Federal.pdf

·         Presupuesto de egresos del Estado de Jalisco 2020

https://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/legislacion/Ingresos/Presupuesto%20de%20Egresos%20del%20Estado%20de%20Jalisco,%20para%20el%20periodo%20comprendido%20del%201o%20de%20enero%20al%2031%20de%20diciembre%20de%202020..pdf

·         Presupuesto de egresos del Estado de Jalisco 2019

https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/12-22-18-vi_1.pdf

·         Presupuesto de egresos del Estado de Jalisco 2018

https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/12-28-17-iv-vol_i_0.pdf

b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa donde serán aplicados;

ESTE SUJETO OBLIGADO,SOLO RECIBE SUBSIDIOS VIA PRESUPUESTO DE INGRESOS QUE LE SON TRANSFERIDOS POR EL MUNICIPIO, LO CUAL SE PUEDE CORROBORAR EN EL ESTADO ANALITICO DE INGRESOS PARTIDA: SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

c) El presupuesto de egresos anual y el en su caso el clasificador por objeto del gasto del sujeto obligado de cuando menos los últimos tres años.

d) Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;

e) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, así como la  plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, en la que se incluya el número total de plazas del personal de base, del personal de confianza y las vacantes;

f) Las remuneraciones mensuales por puesto, incluido todas las prestaciones, estímulos o compensaciones.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2020/09/NOMINA-1ERA-QUINCENA-AGOSTO-2020.pdf

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2020/09/NOMINA-2DA-QUINCENA-AGOSTO-2020.pdf

g) Las nóminas completas del sujeto obligado en las que se incluya las gratificaciones, primas, comisiones, dietas y estímulos, de cuando menos los últimos tres años y en su caso con sistema de búsqueda.

Octubre 2018

noviembre 2018

Diciembre 2018

Enero 2019

Febrero 2019

Marzo 2019

Abril 2019

MAYO 2019

JUNIO 2019

JULIO 2019

AGOSTO 2019

SEPTIEMBRE 2019

OCTUBRE 2019

NOVIEMBRE 2019

DICIEMBRE 2019

ENERO 2020

FEBRERO 2020

MARZO 2020

ABRIL 2020

MAYO 2020

JUNIO 2020

JULIO 2020

AGOSTO 2020

SEPTIEMBRE 2020

OCTUBRE 2020

NOVIEMBRE 2020

DICIEMBRE 2020

ENERO 2021

FEBRERO 2021

MARZO 2021

ABRIL 2021

MAYO 2021

JUNIO 2021

JULIO 2021

AGOSTO 2021

SEPTIEMBRE 2021

OCTUBRE 2021

NOVIEMBRE 2021

DICIEMBRE 2021

h)El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años.

ENERO 2019

FEBRERO 2019

MARZO 2019

ABRIL 2019

MAYO 2019

JUNIO 2019

JULIO 2019

AGOSTO 2019

SEPTIEMBRE 2019

OCTUBRE 2019

NOVIEMBRE 2019

DICIEMBRE 2019

ENERO 2020

FEBRERO 2020

MARZO 2020

ABRIL 2020

MAYO 2020

JUNIO 2020

JULIO 2020

AGOSTO 2020

SEPTIEMBRE 2020

OCTUBRE 2020

NOVIEMBRE 2020

DICIEMBRE 2020

ENERO 2021

FEBRERO 2021

MARZO 2021

MAYO 2021

JUNIO 2021

JULIO 2021

ABRIL 2022

MAYO 2022

JUNIO 2022

SEPTIEMBRE 2022

DICIEMBRE 2022

MARZO 2023

JUNIO 2023

SEPTIEMBRE 2023

DICIEMBRE 2023

j) Los gastos de comunicación social, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale como mínimo la fecha, monto y partida de la erogación, responsable directo de la autorización de la contratación, denominación del medio de comunicación contratado, descripción del servicio contratado, justificación y relación con alguna función o servicio públicos.

k) El contrato de prestación de servicios o por honorarios y el gasto realizado por concepto de pagos de asesorías al sujeto obligado, donde se señale nombre de la empresa, institución e individuos, el concepto de cada una de las asesorías, así como el trabajo realizado.

l) Los subsidios, en especie o en numerario, recibidos por el sujeto obligado, así como los otorgados por el sujeto obligado;

ESTE SUJETO OBLIGADO,SOLO RECIBE SUBSIDIOS VIA PRESUPUESTO DE INGRESOS QUE LE SON TRANSFERIDOS POR EL MUNICIPIO, LO CUAL SE PUEDE CORROBORAR EN EL ESTADO ANALITICO DE INGRESOS PARTIDA: SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES. DE IGUAL MANERA HASTA EL MOMENTO NO SE HAN OTORGADO SUBSIDIOS POR PARTE DE ESTE ORGANISMO PÚBLICO.

https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/wp-content/uploads/2020/12/ingresos-dif-2019-transparencia.xls

m) El listado de personas físicas o jurídicas a quienes, por cualquier motivo, se le asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;

n) Las cuentas públicas, las auditorías internas y externas, así como los demás informes de gestión financiada del sujeto obligado de cuando menos los últimos tres años.

ñ) Los padrones de proveedores o contratistas, de cuando menos los últimos tres años.

o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

1. La propuesta enviada por el participante;

2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

3. La autorización del ejercicio de la opción;

4. En su caso, las cotizaciones, consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;

5. El nombre de la persona física o jurídica adjudicada;

6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9. Los informes de avances sobre las obras o servicios contratados;

10. El convenio de terminación; y

 11. El finiquito;

p) La información sobre concursos por invitación y licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

2. Los nombres de los participantes o invitados;

3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

4. El área solicitante y la responsable de su ejecución;

5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;

6. Los dictámenes  y fallo de adjudicación;

7. El contrato y, en su caso, sus anexos;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9. La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;

10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;

11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;

12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;

13. El convenio de terminación; y

14. El finiquito;

q) El nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, los montos respectivos, así como la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

r) Los inventarios de bienes muebles e inmuebles del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien.

s) Los gastos de representación, viáticos y viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados.

t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años.

u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública.

v) Las pólizas de los cheques expedidos, con identificación del número de cheque o transferencia, monto y nombre del beneficiario, indicando el motivo de la erogación, en el que de manera detallada y completa se indiqué para que se erogó el recurso público, o en su caso la descripción que aparezca en la factura correspondiente; siempre y cuando con ello se aporten los elementos cualitativos y cuantitativos de la finalidad del cheque o transferencia;

w) El estado de la deuda pública del sujeto obligado, donde se señale cuando menos responsable de la autorización, fecha de contratación, monto del crédito, tasa de interés, monto total amortizable, plazo de vencimiento, institución crediticia, objeto de aplicación, y avance de aplicación de cada deuda contratada.

x) Los estados de cuenta bancarios que expiden las instituciones financieras, número de cuentas bancarias, estados financieros, cuentas de fideicomisos e inversiones, de cuando menos los últimos seis meses.

y) La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable

z) El registro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, con indicación del número de expediente, fecha de ingreso, nombre del denunciante, nombre y cargo del denunciado, causa del procedimiento, estado procesal y, en su caso, la sanción impuesta;

VI. La información sobre la gestión pública, que comprende

a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde se señale cuando menos el fundamento legal, la descripción de la función pública; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública;

A) LAS FUNCIONES PÚBLICAS QUE REALIZA EL SUJETO OBLIGADO, DONDE SEÑALE CUANDO MENOS EL FUNDAMENTO LEGAL, LA DESCRIPCIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ASÍ COMO LOS RECURSO MATERIALES, HUMANOS Y FINANCIEROS ASIGNADOS PARA LA REALIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

Sistema DIF Municipal:

El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de  San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, es el organismo público descentralizado a que se refieren los artículos 1, del Decreto 13119, en el que el Congreso del Estado de Jalisco, determino su creación y 3, fracción VIII, 26, del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco; de acuerdo a ello, cuenta con patrimonio y personalidad jurídica propios, facultándolo para la promoción y prestación de servicios asistenciales en el municipio; marco jurídico que determina de manera enunciativa, más no limitativa, la funciones que son responsabilidad de este órgano público descentralizado municipal.
Bajo ese contexto, la descripción de las atribuciones quedan definidas, por lo dispuesto dentro del artículo 25 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, así como del Manual de Operaciones aprobado por este Sistema DIF del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, en el que de manera definida y sectorizada, se otorga a cada una de las Unidades que lo integran, las funciones y atribuciones que le competa en el ejercicio de sus funciones públicas.   
Ante esto, la organización del Sistema DIF del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, así como la manera en la deberá de ejecutarse cada uno de los procesos y la forma en que habrá de brindarse los servicios y programas públicos, se en encuentran definidos dentro de los manuales de organización, procedimientos y servicios, elaborados y aprobados por este organismo público descentralizado municipal, mismos que podrán consultarse dentro del portal de obligaciones de transparencia, en la sección de transparencia, artículo 8, punto 1, fracción IV, incisos c), d), e) y f), publicados en el Localizador Uniforme de Documentos en Electrónico (URL) https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/index.php/articulo-8-3/

b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público; y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público;

Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público.

Sistema DIF Municipal:

  • El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, es el organismo público descentralizado a que se refieren los artículos 1, del Decreto 13119, en el que el Congreso del Estado de Jalisco, determino su creación, 3, fracción VIII y 26, del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco; de acuerdo a ello, cuenta con patrimonio y personalidad jurídica propios, facultándolo para la promoción y prestación de servicios asistenciales en el municipio.
  • Bajo ese contexto, los servicios públicos que tendrá a su cargo el Sistema DIF del municipio de San Cristóbal de la Barranca, serán aquellos que de manera enunciativa más no limitativa se citan dentro del Manual de Servicios, Manual de Operaciones y artículo 25 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, instrumentos públicos que podrán ser consultados dentro del portal de obligaciones de transparencia, en la sección de transparencia, artículo 8, punto 1, fracción IV, incisos d) y f), publicados (URL) https://sancristobaldelabarranca.gob.mx/index.php/articulo-8-3/
  • La cobertura de los servicios otorgados por este Gobierno Municipal, serán dirigidos hacia toda la población del municipio de San Cristóbal de la Barranca, Jalisco, por lo que los recursos materiales, humanos y financieros para llevarlos a cabo son los siguientes:
  • Plantilla de Personal (2018-2021)
  • Bienes Muebles e Inmuebles
  • Manual de Organización

c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción y ubicación de la obra; el ejecutor y supervisor de la obra; el costo total y financiamiento de la obra; y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos de la obra;

d) Los programas sociales que aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos los objetivos, metas, presupuesto y reglas de operación del programa; los requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario; la entidad pública ejecutora, el responsable directo, número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa; el padrón de beneficiarios del programa; y la medición de avances de la ejecución del gasto, y el cumplimiento de metas y objetivos del programa, incluida la metodología empleada;

e) Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

f) Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos suscritos por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

g) Las concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demás actos administrativos otorgados por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, en el cual se incluyan los requisitos para acceder a ellos y, en su caso, los formatos correspondientes;

h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;

i) El lugar, día y hora de las todas las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados, junto con el orden del día y una relación detalladas de los asuntos a tratar, así como la indicación del lugar y forma en que se pueda consultar los documentos públicos relativos, con cuando menos veinticuatro horas anteriores a la celebración de dicha reunión o sesión;

j) Las versiones estenográficas, actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados;

k) La integración, la regulación básica y las actas de las reuniones de los consejos ciudadanos reconocidos oficialmente por el sujeto obligado con el propósito de que la ciudadanía participe o vigile la actividad de sus órganos y dependencias.

l) Los informes trimestrales y anuales de actividades del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años.

m) Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención; y

n) Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.

VII. Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado;

VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;

– Medios de contacto (Facebook)

-Programas Sociales

-Servicio Público

IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto;

X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

XI. Los estudios financiados con recursos públicos

XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; y

XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como aquella que se genere por la ejecución del gasto público con recursos federales.

Vertientes del Fondo Nacional de Fomento de las Artesanías

2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, certeza, veracidad, oportunidad y confiabilidad.